GLOSARIO
lunes, 20 diciembre 2010 11:09 AM
AFINIDAD LEGITIMA: Es la que existe entre una persona que está o ha estado casado y los consanguíneos legítimos de su marido o mujer. La línea o grado de afinidad legítima de una persona con un consanguíneo de su marido o mujer, se califica por la línea o grado de consanguinidad legítima de dicho marido o mujer con el dicho consanguíneo.
CENSO ELECTORAL: Es el conjunto de cedulas de ciudadanía aptas para votar en un determinado lugar.
CIRNCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL: Corresponde al territorio geográfico dentro del cual se realiza en proceso electoral.
CONSANGUINIDAD: Es el parentesco que hay entre las personas que comparten los mismos lazos de sangre. Existe dos tipos de parentesco por consanguinidad, el directo y el colateral, en el primero es la relación que se tiene con los descendientes y con los ascendientes, siendo el primero el que se tiene con los padres y con los hijos, el segundo con los abuelos y los nietos y así sucesivamente; en el parentesco por consanguinidad colateral es la relación que se tiene con los demás personas con las que se comparten lazos de sangre, es decir primos, hermanos lazos de sangre, es decir primos, hermanos, tíos y sobrinos.
CUOCIENTE ELECTORAL: Es el número que resulta de dividir el número total de votos válidos entre el número de curules y puestos a proveer.
DIVULGACIÓN POLÍTICA: Enriéndese por divulgación política la que con carácter institucional realicen los partidos, movimientos, con el fin de difundir y promover los principios, programas y realizaciones de los partidos políticos y movimientos, así como sus políticas frente a los diversos asuntos de interés nacional. Mediante este tipo de publicidad no se podrá buscar apoyo electoral para los partidos o movimientos. La divulgación así definida podrá realizarse en cualquier tiempo.
DOBLE MILITANCIA: Prohibición que dice que un candidato no puede inscribirse por dos partidos o movimientos políticos con personería jurídica reconocida por el Consejo Nacional Electoral para aspirar a una corporación pública.
ELECCIÓN: Procedimiento consistente en la recolección de votos a través del cual se determinado cargo público por un período de tiempo estipulado.
ESCRUTINIO: Es el proceso de conteo de los votos realizados en u proceso electoral, el cual es realizado por los jurados de votación, las comisiones escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral.
INCOMPATIBILIDAD: Es aquella condición que no le permite a un ciudadano ejercer ciertas actividades por razón de su cargo.
INHABILIDAD: Se le llama así a la o las circunstancias que aparecen en la persona de un ciudadano que por disposición legal no le permiten aspirar a un cargo determinado, se habla de inhabilidad sobreviviente cuando aparece una circunstancia que genere una inhabilidad después de haberse postulado como candidato.
MOVIMIENTOS POLITICOS: Asociaciones de ciudadanos constituidas libremente para influir en la formación de la voluntad política o para participar en las elecciones. Los partidos y movimientos políticos constituidos con el lleno de todos los requisitos constitucionales y legales tendrán personería jurídica.
PARTIDOS: Instituciones permanentes que reflejan el pluralismo político, promueven y encauzan la participación de los ciudadanos y contribuyen a la formación y la manifestación de la voluntad popular, con el objeto de acceder al poder, a los cargos de elección popular y de influir en las decisiones políticas y democráticas de la Nación.
PARENTESCO DE CONSANGUINIDAD: Es la relación o conexión que existe entre las personas que descienden de un mismo tronco o raíz o que están unidas por los vínculos de la sangre.
PROPAGANDA ELECTORAL: Entiéndase por propaganda electoral la que realicen los partidos, los movimientos políticos y los candidatos a cargos de elección popular y las personas que los apoyen, con fin de obtener apoyo electoral.
Esta clase de propaganda electoral únicamente podrá realizarse durante los tres (3) meses anteriores a la fecha de las elecciones.
TARJETA ELECTORAL: Documento que contiene los candidatos postulados a los cargos de elección popular, de autoridades y de corporación públicas.
TRASHUMACIA ELECTORAL: Acción de inscribir la cédula de ciudadanía en un lugar distinto a aquel en el que reside.
VOTO: Manifestación de la voluntad de un ciudadano.






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