Peticiones, quejas, reclamos y denuncias

Invitamos a la ciudadanía a registrar sus peticiones, quejas, reclamos, denuncias y/o sugerencias relacionadas con la competencia del Consejo Nacional Electoral, utilizando nuestros distintos mecanismos de contacto que se encuentran a continuación:  

Mecanismos de contacto

Localización física: Avenida Calle 26 # 51-50, Edificio Organización Electoral - CAN, Bogotá.
Línea de contacto teléfono fijo: 57 +1 +2200800 - fax:57 +1 +2200800 Ext. 1816

Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.
Notificaciones judiciales: cnenotificaciones@cne.gov.co
Correo físico: Avenida Calle 26 # 51-50, Edificio Organización Electoral - CAN, Bogotá
Código postal: 111321

Recuerde antes de diligenciar el formulario los siguientes términos para solicitar una PQRD:

Petición de Información: es el Derecho que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas ante las autoridades o ante ciertos particulares y obtener de ellos información sobre lo solicitado. A partir del envío de su solicitud la Institución tiene quince (15) días hábiles para resolverla o informar sobre el trámite de la misma.

Queja: es la manifestación de inconformidad generada en el comportamiento, en la atención o por conductas irregulares de los empleados. A partir del envío de su solicitud tenemos (15) días hábiles para resolverla o informar sobre el trámite de la misma.

Reclamo: oposición que se formula a una decisión considerada injusta. Exigencia de los derechos del usuario, relacionada con la prestación de los servicios que se ofrecen al público y que tiene el objeto de que se revise una actuación administrativa motivo de su inconformidad y se tome una decisión; a partir del envío de su solicitud tenemos quince (15) días hábiles para resolverla o informar sobre el trámite de la misma.

Denuncia: la normatividad vigente sobre las denuncias anónimas estipula que éstas deben ajustarse a lo consagrado en el Código de Procedimiento Penal, Art. 29; en la Ley 190 de l995, Art. 38 y Ley 24 de 1992, Art. 27, No. 1. No se admitirán las denuncias sin fundamento y las anónimas que no suministren pruebas o datos concretos que permitan encauzar la investigación, las que serán remitidas a los organismos que desarrollan funciones de policía judicial para que realicen las diligencias necesarias de verificación. En todo caso el denunciante podrá ampliar la denuncia.

Consulta: es el requerimiento que se hace a las autoridades en relación con las materias a su cargo, se trata de asuntos más especiales y que requieren de la autoridad un estudio más profundo y detallado para aportar una respuesta. Por ejemplo, asuntos técnicos especializados. A partir del envío de su solicitud tenemos treinta (30) días hábiles para resolverla o informar sobre el trámite de la misma.

Sugerencia: es la insinuación o formulación de ideas tendientes al mejoramiento de un servicio o de la misma entidad. A partir del envío de su solicitud tenemos quince (15) días hábiles para resolverla o informar sobre el trámite de la misma.

Una vez informado de los derechos a los cuales usted es acreedor diligencie la información correspondiente. Los campos marcados con asterisco(*) son obligatorios. Sin embargo, si su petición, queja, reclamo, sugerencia o denuncia es anónimo, escriba Anónimo en el nombre y el número 123456 como cédula. Lo invitamos a que consulte nuestras políticas de privacidad y condiciones de uso. Su solicitud será atendida en el transcurso de (15) días hábiles. También puede contactar directamente a la entidad a través de nuestra ventanilla única ubicada en nuestras instalaciones.