En armonía con la normatividad establecida el:
- Conpes 3654 de 2010: “Política de rendición de cuentas de la Rama Ejecutiva a los ciudadanos"
- La Ley 489 de 1998: Artículo 33 “Audiencia públicas”
- La Ley 1757 de 2015: Artículos 48 al 59 “Rendición de cuentas de la Rama Ejecutiva”. Manual único de rendición de cuentas.
Presentamos a la comunidad en general y grupos de interés la rendición de cuentas Institucional, como un espacio de interlocución entre los servidores públicos y la ciudadanía el cual tiene como finalidad generar transparencia, condiciones de confianza entre el Estado y los ciudadanos y garantizar el ejercicio del control social a la administración pública.
Los resultados y experiencias producto de la rendición de cuentas sirven además de insumo para ajustar planes de acción y proyectos encaminados al cumplimiento de la función misional de la Institución.