Por primera vez en Colombia habrá veedurías electorales

Bogotá, 09 de mayo de 2019. La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral tomó varias decisiones relacionadas con el proceso electoral que se adelantará el 27 de octubre de 2019 para elegir autoridades locales:

1. Registro Único de Veedurías Ciudadanas

Por primera vez en Colombia habrá veedurías electorales y ciudadanas para hacer seguimiento a los procesos electorales que se adelanten en el país. Las veedurías tendrán que acreditarse ante la dirección de Inspección y Vigilancia del CNE. Las veedurías electorales estarán integradas por mínimo 3 y máximo 6 personas y podrán ser municipales, distritales y departamentales. Entre sus competencias estarán: denunciar irregularidades; monitorear y verificar el cumplimiento de las normas sobre propaganda electoral, la financiación de las campañas, requisititos y calidades de los candidatos inscritos, y las campañas pedagógicas que emprenda la autoridad electoral, tanto en la etapa pre electoral y poselectoral. Las veedurías ciudadanas no reemplazarán los Tribunales de Garantías Electorales.

Los veedores electorales NO podrán ser candidatos de ninguna organización política, tener parentesco en 4 grado de consanguinidad con un aspirante, ser empleados públicos o contratistas de entidades públicas ni participar en actividades de los Partidos o Movimientos Políticos, tampoco podrán suspender un proceso electoral.

 

2. Uso de firma y huella

El CNE revivió la obligación de los sufragantes de poner su huella y firma en el formulario E11, como requisito para poder ejercer el derecho al voto. La Registraduría Nacional del Estado Civil deberá incluir dos casillas. Con esta medida, el Tribunal Electoral busca evitar la suplantación de electores.

 

3. Comisiones escrutadoras

El Consejo Nacional Electoral le ordenó a las comisiones escrutadoras que participarán en el proceso electoral del 27 de octubre, el uso obligatorio de herramientas tecnológicas para escanear y digitalizar las actas E-14 de claveros; autorizó la toma de fotografías, videos y transmisiones en vivo, así como el uso del sistema biométrico en todo el proceso de escrutinio. Estas medidas garantizarán la transparencia del preconteo de votos y la destinación eficiente de los recursos destinados al proceso electoral. Como parte de las medidas de transparencia, el CNE autorizó a los veedores de los Partidos y Movimientos Políticos para que accedan, a través de un aplicativo, al archivo plano de los resultados parciales y finales del preconteo de votos. Las comisiones escrutadoras por su parte, tendrán la obligación de entregar a un testigo de cada Partido, Movimiento Político o Grupos Significativos de Ciudadanos el acta parcial y final de escrutinios, la información incluirá: el número de mesas contadas, el detalle de la votación y constancia de la aprobación de los escrutadores.

 

4. Testigos Electorales

El CNE ordenó por primera vez la creación de los testigos remanentes (suplentes) quienes podrán realizar el relevo de los testigos titulares y cumplir las mismas funciones.

Los Partidos, Movimientos Políticos con personería jurídica, Grupos Significativos de Ciudadanos y Comités Promotores del voto en blanco, tendrán plazo hasta el 25 de octubre para entregar las listas de sus testigos y acreditarlos ante la autoridad electoral que emitirá credencial digital. Previamente dichos nombres se cruzarán con el archivo nacional de identificación para evitar el ingreso de falsos testigos.

Las organizaciones políticas y de observación electoral también podrán acreditar ante la Organización Electoral un auditor de sistemas en el centro de cómputo distrital, municipal o departamental. Los delegados tendrán acceso al proceso y captura de datos, contabilización de la información en cada una de las mesas, procesamiento y consolidación de resultados, al código fuente y al software que genera el escrutinio para la digitalización y consolidación de la información.

El CNE tendrá sus propios auditores en la gerencia de informática, en todos los centros de procesamiento de datos de la Registraduría.
La Sala plena también reglamentó la presencia de las misiones internacionales de observación electoral.

 

5. Consulta popular Caicedonia-Valle

La sala plena del Consejo Nacional Electoral ratificó la decisión de no adelantar la consulta popular solicitada por el Partido Conservador para definir la lista al Concejo del municipio de Caicedonia – Valle, porque dicha colectividad no cumplió con los requisitos exigidos por la Ley 1475 de cuota de género. En dicho municipio solo se realizará la consulta para alcaldía también solicitada por el Partido Conservador.