– La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral, frente al Proyecto de Acto Legislativo No. 007 de 2022 acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo No. 015 de 2022 Senado, que busca modificar esta corporación, manifiesta:
1. Los diagnósticos que se han hecho sobre los problemas que aquejan al sistema electoral no solo tienen que ver con la existencia del Consejo Nacional Electoral y la forma de elegir sus miembros, sino que obedecen a lo que disponen las normas derivadas de la Constitución Política que regulan su funcionamiento.
2. El Consejo Nacional Electoral, conforme a los artículos 264 y 265 de la Constitución Política, cuenta con una autonomía administrativa y financiera que resulta meramente formal, pero materialmente inexistente, lo que afecta el correcto ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, para el fortalecimiento de la democracia y promover la participación ciudadana; por lo que resulta necesario otorgarle a esta corporación una sección del presupuesto general de la Nación.
3. Consideramos inconveniente trasladar las funciones de registro civil e identificación de los colombianos, que actualmente están a cargo de la Registraduría Nacional.
4. La Sala Plena es partidaria del respeto por la institucionalidad, consideramos que el Consejo Nacional Electoral debe ser convocado al debate y discusión de cualquier proyecto de esta naturaleza.